CHARLA 1 – EL CONFOTUR DURANTE EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN: CLAVES PARA MAXIMIZAR LOS BENEFICIOS
Como parte de las actividades realizadas en la Expo Feria Inmobiliaria Construmedia 2023, se celebraron tres interesantes charlas; una de ellas lo fue “El CONFOTUR durante el proceso de construcción: claves para maximizar los beneficios”, moderada por ejecutivos de Wendy Marte Abogados, con la participación de representantes clave de las principales dependencias del Estado que tiene que ver directamente con el tema.
“El CONFOTUR durante el proceso de construcción: claves para maximizar los beneficios” fue básicamente un panel que iniciamos con las palabras de apertura y breve exposición de los incentivos fiscales otorgados por la Ley No.158-01, durante el proceso de construcción a cargo de la licenciada Wendy Marte, socia gerente Wendy Marte Abogados.
Marte, fundadora de la firma boutique de abogados, conformada por profesionales con experiencia de más de 25 años, especializada en derecho inmobiliario, turístico y corporativo; moderó el panel conformado por Ruth de los Santos Mazara, directora general de Política y Legislación Tributaria del Ministerio de Hacienda; Ubaldo Trinidad, gerente legal de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), y Oscar Orlando D’Oleo Seiffe consultor jurídico de la Dirección General de Aduanas (DGA).
Previo a dar paso a los invitados, se habló de los incentivos y beneficios contemplados para los inversionistas en la industria turística, que incluyen exenciones en un 100% del pago de impuestos tales como: a) Del Impuesto sobre la Renta; b) De los Impuestos Nacionales y Municipales por transferencia sobre derechos inmobiliarios por ventas, permutas, aportes en naturaleza y cualesquiera otras formas de transferencia sobre derechos inmobiliarios; c) Del Impuesto sobre Vivienda Suntuaria y Solares no Edificados (IVSS) en relación con los terrenos y las edificaciones; y, d) De los Impuestos Nacionales y Municipales, así como de las tasas, derechos y cuotas por la confección de los planos, de los estudios, consultorías y supervisión y la construcción de las obras a ser ejecutadas en los proyectos turísticos.
La Ley No.158-01 también considera otros incentivos y beneficios que tienen que ver con: e) De los impuestos y derechos de Registro por constitución y aumento de capital de sociedades comerciales; f) De la retención y pago de impuestos por concepto de los financiamientos nacionales e internacionales, incluyendo los intereses de los mismos, otorgados a los Proyectos Turísticos; g) Del pago de los impuestos de importación y otros impuestos, tales como tasas, derechos, recargos, que fueren aplicables a los equipos, materiales y muebles que sean necesarios para el primer equipamiento y puesta en operación de la instalación turística.
Y h) Del Impuesto de Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) que fuere aplicable sobre los equipos, materiales y muebles que sean necesarios para el primer equipamiento y puesta en operación de la instalación turística, adquiridos tanto en el extranjero como en el mercado nacional, aplicable también a todos los servicios, materiales y equipos a utilizarse en la construcción de dichas instalaciones, entre otros beneficios.
Algunos detalles sobre CONFOTUR
La Ley instituye al Consejo de Fomento Turístico (CONFOTUR), como órgano encargado de la aplicación y administración de los beneficios e incentivos de la misma y crea el Fondo Oficial de Promoción Turística.
Las actividades turísticas consideradas de especial interés para el Estado dominicano de acuerdo a la Ley 158-01 y sus modificaciones, son las siguientes:
a) Instalaciones hoteleras, resorts y/o complejos hoteleros;
b) Construcción de instalaciones para convenciones, ferias, congresos internacionales, festivales, espectáculos y conciertos;
c) Empresas dedicadas a la promoción de actividades de cruceros;
d) Construcción y operación de parques de diversión, ecológicos y/o temáticos;
e) Construcción y/o operación de las infraestructuras portuarias y marítimas al servicio del turismo, tales como puertos deportivos y marinas;
f) Construcción y/o operación de infraestructuras turísticas, tales como acuarios, restaurantes, campos de golf, instalaciones deportivas, y cualquier otra que pueda ser calificada como establecimiento perteneciente a las actividades turísticas;
g) Pequeñas y medianas empresas cuyo mercado se sustenta fundamentalmente en el turismo, y
h) Empresas de infraestructura de servicios básicos para la industria turística.
Fue la primera panelista presentada. Cabe destacar que, durante más de 20 años, De los Santos se ha dedicado al servicio público como formuladora de la política tributaria, contrataciones públicas, prevención de lavado de activos y transparencia. Formó parte del equipo de expertos para la formulación de la Ley No.155-17 sobre prevención y persecución del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, miembro del equipo que representó a RD ante GAFILAT durante la IV Ronda de Evaluación.
Durante el panel “El CONFOTUR durante el proceso de construcción: claves para maximizar los beneficios”, directora general de Políticas y Legislación Tributaria, del Ministerio de Hacienda; habló y respondió preguntas sobre diversos temas, entre ellos las funciones del departamento de Política y Legislación Tributaria del Ministerio de Hacienda, que ella preside.
Se explicó, grosso modo, que las funciones de esta dependencia van desde asesorar al ministro de Hacienda en asuntos relacionados con políticas y normas tributarias; realizar estudios y elaborar modelos que sirvan de base para el diseño de la política tributaria, y realizar estudios y elaborar modelos que sirvan de base para el diseño de la política tributaria; diseñar y proponer la política tributaria.
Además, dicho departamento propone políticas y emite opinión sobre la aprobación de tasas, patentes, contribuciones o cualquier otro tipo de ingreso público; tiene, también, las siguientes responsabilidades: vigilar el cumplimiento de la legislación y normas tributarias nacionales en coordinación con la Dirección General de Impuestos Internos y la Dirección General de Aduanas; participar en las negociaciones y convenios del Estado en materia tributaria y arancelaria, en el marco de los acuerdos de integración y otros esquemas de comercio preferencial, y proponer al ministro de Hacienda los lineamientos y directrices sobre exoneraciones tributarias.
Ruth de los Santos, quien desde el año 2003 ha participado en la formulación de varias leyes y proyectos, reglamentos y normas relacionadas con las finanzas públicas, entre ellas la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, las más recientes reformas tributarias, como en la Ley Contra Lavado de Activos y las recientes aprobadas leyes 242-20 que extiende los incentivos de PROINDUSTRIA, Residuos Sólidos y la actualización de los incentivos fronterizos, abordó y respondió otras cuestiones.
Durante su audiencia, trato los temas: ¿Cómo podemos convertir las exenciones que prevé la Ley 158-01 en beneficios tangibles para los proyectos acogidos? ¿Qué elementos del Informe de Factibilidad son tomados en cuenta para los beneficios de los materiales de construcción?, y en relación al Informe de Factibilidad, ¿cómo se vincula el monto de la inversión estipulado en este documento y los listados de materiales locales y de importación que aprueba CONFOTUR.
También enriqueció el panel. Tras ser presentado, habló sobre qué aspectos debe tomar en cuenta el promotor del proyecto al hacer una solicitud para ser acogido ante el régimen especial de tributación de la Dirección General de Impuestos Internos, en los casos de nuevas empresas y aquellas que se encuentran en operación.
Trinidad, quien tiene una licenciatura en Ciencias Jurídicas de la Universidad de Rusia de la Amistad de los Pueblos (URAP). Moscú, Rusia; y una maestría en Ciencias Jurídicas (Especialidad Derecho Internacional-Inversión Extranjera), de la misma universidad, también conversó sobre ¿cuál es el proceso que sigue la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para la validación de las exenciones fiscales otorgadas por la Ley 158-01?
El gerente legal de la Dirección General de Impuesto Internos, que también se ha desempeñado como encargado del departamento de abogados para la representación externa de la Dirección General de Impuesto Internos, y como encargado del departamento de Reconsideración de dicha institución, explicó de manera magistral qué condiciones deben darse tanto para el promotor como para el suplidor, para beneficiarse de dicha exención, en cuanto a la exoneración del ITBIS.
Al finalizar su participación, Ubaldo Trinidad habló sobre cuál es el plazo que tiene el suplidor para facturar, luego de la obtención de la certificación de exención de ITBIS. Además de responder interrogantes de los asistentes.
Como tercer y último panelista, se presentó a Oscar Orlando D’Oleo, consultor jurídico de la Dirección General de Aduanas (DGA). D’Oleo es licenciado en Derecho, y posee un máster en Derecho Privado Francés y Comunitario Europeo de la Universidad Pantheón Assas Paris II, al igual que el máster en Derecho Público de la Universidad Pompeu Fabra, de la ciudad de Barcelona, entre otros estudios.
Para iniciar, dio un breve resumen de la Ley de Aduanas y su reciente puesta en vigencia, de cómo ha impactado los tiempos y los plazos con esta nueva ley, régimen de consecuencias. Dicho sea de paso, la nueva Ley de Aduanas Núm. 168-21 fue promulgada el 9 de agosto de 2021, y publicada en la Gaceta Oficial 11030, el 12 agosto del mismo año. La misma entró en vigor en todo el territorio nacional dos días después de su publicación en la Gaceta Oficial, es decir, el 14 de agosto. No obstante, existen aspectos que necesitan ser automatizados en su Sistema Aduanero, tales como plazos y recargos, por lo que se han estado informando previamente a la comunidad comercial la fecha de entrada en vigor de los aspectos no supeditados a los reglamentos, otorgando un plazo prudente para facilitar el cumplimiento de esta ley. Los aspectos que necesitan colaboración reglamentaria entrarán en vigor una vez se dicten los reglamentos correspondientes.
Oscar Orlando D’Oleo habló, además, sobre las acciones que la DGA realiza para promover la agilidad de los despachos de la mercancía cuando el promotor está clasificado al CONFOTUR, y cuáles son las posibles consecuencias que la DGA pudiese implementar, cuando se vence el plazo de los seis (6) meses de vigencia del pagaré.
En el ejercicio de su profesión, D’Oleo se ha desempeñado como abogado litigante, asesor en las materias de derecho administrativo, civil e inmobiliario, derecho público económico, contrataciones públicas, derecho del consumidor, derecho de la competencia. Ha trabajado como asesor en varios proyectos de leyes, destacándose la actual Ley No.47-20 sobre Alianzas Público-Privadas.
Tras responder inquietudes de los presentes, Wendy Marte, quien fungió como moderadora, dio las gracias a los panelistas y a los presentes. Marte es licenciada en Derecho con más de 25 años de experiencia, formada en Derecho Inmobiliario, Administrativo y Corporativo. Enfoca su práctica profesional en Derecho Inmobiliario, Turismo (específicamente en lo relacionado a la implementación de la Ley de CONFOTUR y la permisología para operación turística), en Inversión Extranjera, Derecho Corporativo, Derecho Administrativo y Relaciones Gubernamentales.
En este enriquecedor panel sobre “El CONFOTUR durante el proceso de construcción: claves para maximizar los beneficios”, se compartió información muy valiosa y enriquecedora para los participantes, que, al finalizar, disfrutaron de un refrigerio en compañía de los organizadores y panelistas.
Construmedia